Si decide presentar lo que se denomina una “pro se” debe comprender primero sus características y los problemas que deberá enfrentar.
Usted quizás no lo sepa, pero en Estados Unidos la ley le permite declararse en quiebra representándose usted mismo sin la necesidad de contratar a un abogado. A este procedimiento se lo denomina “pro se”, que significa justamente “para propio beneficio” o “por uno mismo”.
Antes de decidirse a presentar una “pro se” es necesario que usted analice si realmente le conviene, ya que este proceso de presentación individual presenta algunos riesgos que debe tener en cuenta.
Aunque usted pueda optar por hacer la presentación de una bancarrota personal o comercial por sí mismo, y la ley le permita hacerlo sin un abogado, no significa que obligatoriamente deba hacerlo, ya que debe considerar que resulta muy complicado obtener un resultado exitoso.
No puede presentarse una “Pro Se” si se trata de una sociedad
En el caso de las presentaciones individuales de bancarrota sin un abogado, la misma incluye tanto las declaraciones de bancarrota comercial (capítulo 11 o 12) como la bancarrota personal (capítulo 7 y 13).
Este proceso no puede llevarse a cabo en el caso de una sociedad, ya que usted no puede representar a otra persona (otros socios) sin tener licencia de abogado. Por lo tanto, si la empresa es una sociedad o entidad incorporada necesitará contratar un abogado.
Algunos problemas que deberá enfrentar si decide presentar una “pro se”
- Tenga en cuenta que no es sencillo el proceso de una presentación de bancarrota, pues la misma posee múltiples pasos y regulaciones. Si usted no logra hacerlo correctamente, resultará siendo una petición descartada.
- Si usted ya ha recibido una negativa previa, podrá hacer su presentación con la representación de un abogado; sin embargo, será más problemática su aprobación teniendo en cuenta que ya fue denegada la primera vez y se trata de la misma deuda.
- La solicitud de una bancarrota seguramente requerirá la aprobación de un plan de pago para afrontar las deudas. Este plan deberá ser aprobado por los tribunales. Sólo un abogado especialista sabrá orientarlo en el armado de este plan de manera que no sea rechazado.
- Si se trata de una bancarrota personal y resulta rechazado en su plan del Capítulo 13, necesitará calificar para el Capítulo 7. Si resulta nuevamente rechazado, entonces ya no podrá presentar ninguna declaración.
- Si usted recibe el consejo de un abogado especializado podrá realizar acciones que eviten que su caso sea denegado por lo que se conoce como “fraude de bancarrota”, es decir cuando se considera una bancarrota ilegal.
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