Pregunta: Mi madre murió en octubre de 2017, después de estar en una residencia de ancianos durante más de un año. Ella había pagado un condominio en efectivo hace 10 años y, como su única hija y heredera, yo también he vivido aquí.
Los problemas surgieron cuando Medicaid tomó los ingresos de mi madre para el asilo de ancianos, dejándome sólo con un cheque por discapacidad del Seguro Social. Las cuotas de la asociación de condominios están atrasadas y no puedo pagarlas. Recibí una carta diciendo que después de 30 días, se presentará un embargo. Estoy en pánico. ¿Pueden darme algún consejo sobre lo que puedo hacer?
– Cindy de Oregon
Gerri Detweiler responde…
Retrasarse en las cuotas de la asociación de propietarios y condominios puede ser tan grave como no pagar la hipoteca o los impuestos sobre la propiedad. Su asociación puede traspasar la deuda a un cobrador de deudas y, como ha aprendido, presentar un gravamen sobre la vivienda. Cualquiera de las dos cosas puede tener un grave impacto en los informes de crédito y en las puntuaciones crediticias de la persona.
Atrasarse en el pago también puede resultar caro. Además de las propias cuotas, pueden acumularse intereses y multas. Es probable que se incurra en honorarios del abogado por la presentación del embargo, y esos también pueden pasarse al propietario. Estos costos deben estar detallados en los estatutos de la asociación y / o en la “Declaración de Convenios, Condiciones y Restricciones”, también conocida como CC&Rs.
Desafortunadamente, es posible que el embargo no sea lo peor que puede suceder. En algunos casos, la asociación puede ejecutar la hipoteca para cobrar las cuotas impagas. Por esa razón, debe explorar todas sus opciones lo antes posible.
Una cosa que puede hacer de inmediato es comunicarse con la asociación de propietarios y explicar el problema. Pregunte si puede entrar en un plan de pago para ponerse al día y evitar el embargo. Si están de acuerdo, consígalo por escrito para que no haya malentendidos. Si no están dispuestos a trabajar con usted, o si no puede hacer frente a los pagos necesarios para ponerse al día, es probable que el condominio no sea asequible y deba considerar venderlo.
Si decide venderlo, asegúrese de informar la deuda a su agente inmobiliario. También sería aconsejable consultar a un abogado. Lo último que usted deseará será perder el condominio debido a esta deuda. Puede utilizar el sitio web de la Asociación Nacional de Defensores del Consumidor [ENG] para encontrar un abogado.
Hay algunos otras cuestiones que no quedan claras en su pregunta. ¿Usted heredó la propiedad cuando falleció su madre? ¿O simplemente sigue viviendo allí? Si la propiedad no le ha sido transferida a través de una sucesión o un fideicomiso, usted debería hablar con un abogado de inmediato.
Usted menciona que el condominio está pagado. Si lo tiene pagado y es mayor de 62 años, usted puede considerar una hipoteca inversa. Eso le permitirá sacar dinero de la propiedad sin tener que hacer pagos mensuales como lo haría si solicitara un préstamo tradicional con garantía hipotecaria. Las hipotecas inversas pueden ser confusas, y deberá comunicarse con un asesor de HECM (Home Equity Conversion Mortgage) que le proporcionará información de forma gratuita o a bajo costo.
Nuestras condolencias por su pérdida, y esperamos que pueda encontrar una solución que funcione para usted a largo plazo.
Gerri Detweiler, junto con Mary Reed, es coautora de Debt Collection Answers: How to Use Debt Collection Laws to Protect Your Rights, un libro electrónico gratuito para Kindle disponible en DebtCollectionAnswers.com [ENG].